Portal Tributario
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Flujograma mensual de recaudo de rentas locales
ACUERDO DE PAGOS OTROS CONCEPTOS
La Secretaría de Hacienda pone a disposición de los contribuyentes y comunidad en general, toda la información de interés en temas relacionados con los impuestos municipales de Sabaneta, en especial Industria y Comercio, y Predial Unificado como un producto complementario a la correcta Administración Tributaria de esta municipalidad, la Gestión de Trámites, efectuar el pago de sus impuestos de una forma rápida, fácil y segura y otros datos de interés.
En este portal también se tiene dispuesto para interactuar con los ciudadanos el sistema de Peticiones, Quejas, Reclamos, Solicitudes y Denuncias PQRSD.
- Preguntas frecuentes
- NotificacionesPeticiones, Quejas, Reclamos, Solicitudes y Denuncias "PQRSD"
- Trámites y Servicios
- Descargar formularios de trámites y servicios
¡Aviso!
Se recuerda a los AGENTES DE RETENCIÓN del impuesto de industria y comercio, que las declaraciones bimestrales deben ser presentadas y pagadas directamente en el Banco Colpatria ubicado en la Tesorería Municipal-sede administrativa (carrera 45 N° 71 sur 24 primer piso). Evítese sanciones.
Los responsables de esta obligación que lo hagan en forma distinta a este medio, serán sancionados en los términos del artículo 193 del Estatuto Tributario Municipal
CALENDARIO TRIBUTARIO AÑO 2026
Fechas de pago sin y con recargo del Impuesto Predial Unificado
| Trimestre | FECHA LÍMITE DE PAGO 2026 | |
| Primero | Martes 30 de junio | |
Fechas de pago sin y con recargo del Impuesto de Industria y Comercio y Avisos:
| MES | FECHA LÍMITE DE PAGO SIN RECARGO |
| Enero | Viernes 30 de enero |
| Febrero | Viernes 27 de febrero |
| Marzo | Martes 31 de marzo |
| Abril | Jueves 30 de abril |
| Mayo | Viernes 29 de mayo |
| Junio | Martes 30 de junio |
| Julio | Viernes 31 de julio |
| Agosto | Lunes 31 de agosto |
| Septiembre | Miércoles 30 de septiembre |
| Octubre | Viernes 30 de octubre |
| Noviembre | Lunes 30 de noviembre |
| Diciembre | Miércoles 23 de diciembre |
FORMAS Y LUGARES DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
Las declaraciones de Industria y Comercio correspondientes al período gravable 2025 - vigencia fiscal 2026, deben ser presentadas por los responsables en forma litográfica o virtualmente en los formularios previstos por la Secretaría de Hacienda.
La recepción de las declaraciones litográficas, se realizará en el Área Administrativa de Impuestos Municipales, ubicada en la sede administrativa carrera 45 N° 75 sur 69 interior 101 Centro Administrativo Municipal “CAM”.
Las declaraciones podrán ser diligenciadas en forma electrónica a través de los servicios informáticos dispuestos en el portal web www.sabaneta.gov.co, ingresando por la opción: “Trámites y Servicios”; cumpliendo con los requisitos y condiciones que en este se establezcan.
Las declaraciones que sean enviadas por medio de correos electrónicos institucionales, se tendrán como no presentadas en los términos y condiciones establecidos en el artículo 271 del Estatuto Tributario Municipal.
FECHAS PARA PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Establecer para las PERSONAS JURÍDICAS, las siguientes fechas límite para la presentación de la declaración del impuesto de Industria y Comercio correspondiente al periodo gravable 2025 - vigencia fiscal 2026, teniendo en cuenta el último número del NIT sin incluir en este criterio el dígito de verificación:
| Último número del NIT (Sin incluir DV) | Fecha límite para la presentación de la Declaración (año gravable 2025- vigencia fiscal 2026) |
| 1 y 2 | Jueves 23 de abril de 2026 |
| 3 y 4 | Viernes 24 de abril de 2026 |
| 5 y 6 | Lunes 27 de abril de 2026 |
| 7 y 8 | Martes 28 de abril de 2026 |
| 9 y 0 | Miércoles 29 de abril de 2026 |
Establecer para las PERSONAS NATURALES como fecha límite para la presentación de la declaración privada del impuesto de industria y comercio, el treinta (30) de abril de 2026.
Las correcciones a las declaraciones iniciales presentadas dentro del término respectivo para declarar, no darán lugar a las sanciones establecidas en el Estatuto Tributario Municipal.
FECHAS PARA PRESENTAR DECLARACIÓN DE RETENCIÓN Y AUTORRETENCIÓN DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Los plazos para presentar y pagar las declaraciones de retención y autorretención en la fuente del impuesto de Industria y Comercio, correspondiente a los bimestres del año 2026, vencen en las fechas que se indican a continuación:
| Bimestre Enerofebrero 2026 | Bimestres Marzo-abril 2026 | Bimestre Mayo-junio 2026 |
| Hasta el día | Hasta el día | Hasta el día |
| Viernes 13 de marzo | Viernes 15 de mayo | Viernes 10 de julio |
| Bimestre Julio-agosto 2026 | Bimestre Septiembre-octubre 2026 | Bimestre Noviembre-diciembre 2026 |
| Hasta el día | Hasta el día | Hasta el día |
| Viernes 11 de septiembre | Viernes 13 de noviembre | Viernes 22 de enero de 2027 |
No será obligatorio presentar la declaración de RETENCIÓN en la fuente por concepto de Industria y Comercio, en el bimestre en el cual no se realizaron operaciones sujetas a este mecanismo.
Las correcciones a las declaraciones iniciales presentadas dentro del término respectivo para declarar, no darán lugar a las sanciones establecidas en el Estatuto Tributario Municipal.
Las declaraciones de retención y autorretención, deben ser presentadas y pagadas a través de los servicios informáticos, dispuestos en el portal web www.sabaneta.gov.co, ingresando por la opción: “Trámites y Servicios”; cumpliendo con los requisitos y condiciones que en este se establezcan.
Las declaraciones de retención y autorretención que sean enviadas por medio de correos electrónicos institucionales, se tendrán como no presentadas en los términos y condiciones establecidos en el artículo 271 del Estatuto Tributario Municipal.
PORCENTAJE DE RETENCIÓN Y AUTORRETENCIÓN EN LA FUENTE DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. El porcentaje de retención en la fuente a título del impuesto de Industria y Comercio que deben aplicar los agentes de retención por la vigencia fiscal 2026, será del CIEN POR CIENTO (100%) de la tarifa que corresponda a la respectiva actividad, de acuerdo con la relación contenida en el artículo 51 del Estatuto Tributario Municipal (Acuerdo 22 de diciembre 4 de 2024).
El porcentaje de autorretención en la fuente a título del impuesto de Industria y Comercio que deberán aplicar quienes tienen esta obligación en el Municipio de Sabaneta, será del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la tarifa que corresponda a la respectiva actividad, de acuerdo a lo previsto en el código tarifario contenido en el artículo 47 del Estatuto Tributario Municipal (Acuerdo 22 del 4 de diciembre de 2024).
Las entidades emisoras de tarjetas débito y crédito, sus asociaciones y, las entidades adquirentes o pagadoras, deberán practicar retención por el impuesto de industria y comercio del DOS POR MIL (2 x 1000), cuando efectúen pagos o abonos en cuenta a las personas naturales o jurídicas y a las sociedades de hecho afiliadas que reciban pagos a través de los sistemas y transacciones con dichas tarjetas.
NORMATIVIDAD
| Acto Administrativo | Reglamentación |
| "POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN No.
2026003615 DEL 7 DE ABRIL DE 2026 CONTENTIVA DEL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026" | |
| "POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN No.
2025015914 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2025 CONTENTIVA DEL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026" | |
| POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN No. 2025015914
DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2025, CONTENTIVA DEL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026” | |
| “POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN No.
2025015914 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2025 CONTENTIVO DEL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026” | |
| "POR LA CUAL SE ADOPTA EL CALENDARIO TRIBUTARIO Y SE DETERMINA
EL CONTENIDO, LOS OBLIGADOS Y LA FORMA DE PRESENTAR INFORMACIÓN EXÓGENA DURANTE LA VIGENCIA FISCAL 2026" | |
| “POR LA CUAL SE NOMBRAN UNOS AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO
DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN EL MUNICIPIO DE SABANETA” | |
| RS2025002922 del 26 de Marzo de 2025 | “POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN No. 2025000018 DEL 3 DE ENERO DE 2025 CONTENTIVO DEL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025” |
| RS2025000170 del 15 de Enero de 2025 | "POR LA CUAL SE ESTABLECE EL CRONOGRAMA PARA LA REALIZACIÓN DE EVALUACIÓN DE PERIODO DE PRUEBA Y EVALUACIÓN ANUAL DE DESEMPEÑO LABORAL DE DOCENTES, DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTES TUTORES Y DOCENTES ORIENTADORES REGIDOS BAJO DECRETO LEY 1278 DE 2002, CORRESPONDIENTE AL AÑO ACADÉMICO 2025." |
| Decreto N° 20230476 del 29 de Diciembre de 2023 |
CALENDARIO TRIBUTARIO 2024 |
| Acuerdo N° 08 del 06 de Junio de 2023 |
"POR EL CUAL SE MODIFICAN PARCIALMENTE LOS ACUERDOS MUNICIPALES 04 DE 2014, 032 DE 2018 Y 03 DE 2021 (ESTATUTO TRIBUTARIO MUNICIPAL) SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" |
| Decreto N° 20220349 del 02 de Diciembre de 2022 | POR EL CUAL SE EXPIDE EL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2023 Y SE SEÑALA EL CONTENIDO Y LOS OBLIGADOS A REPORTAR INFORMACIÓN EXÓGENA Y OTRAS DISPOSICIONES |
| Decreto N° 20220356 del 13 de Diciembre de 2022 | POR EL CUAL SE ESTABLECE EL PORCENTAJE DE DESCUENTO, FECHA Y OTRAS CONDICIONES PARA APLICAR EL INCENTIVO TRIBUTARIO POR PAGO ANTICIPADO DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO PARA LA VIGENCIA FISCAL 2023 |
| Resolución N° 1098 del 22 de Diciembre de 2022 | DESIGNACIÓN DE AUTORRETENEDORES DE ICA 2023 |
| Decreto N° 20220199 de 02 de Agosto de 2022 | POR EL CUAL SE COMPILA EL ESTATUTO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA |
| Resolución N° 1204 del 30 de diciembre de 2021 | "POR LA CUAL SE NOMBRAN AGENTES AUTORRETENEDORES DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO" |
| Acuerdo Municipal N° 20 de 21 de Diciembre de 2021 | "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN ALGUNOS ARTICULOS DEL ACUERDO MUNICIPAL N°. 04 DEL 04 DE NOVIEMBRE DE 2014 Y EL ACUERDO MUNICIPAL N°. 032 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2018, ESTATUTO TRIBUTARIO MUNICIPAL" |
| Decreto N° 412 de 30 de Diciembre de 2021 | ?POR EL CUAL SE EXPIDE EL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SABANETA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2022 Y SE SEÑALA EL CONTENIDO Y LOS OBLIGADOS A REPORTAR INFORMACIÓN EXÓGENA? |
| Decreto N° 315 de 05 de Agosto de 2020 | "Por medio del cual se establecen competencias de la Administración Municipal" |
| Decreto N° 318 de 10 de agosto de 2020 | "Por el cual se modifica parcialmente el decreto N° 354 del 20 de noviembre de 2019, "Por el cual se expide el calendario tributario del municipio de Sabaneta para la vigencia fiscal 2020"" |
| Decreto Nº 106 de 11 de Marzo de 2020 | Por el cual se modifica parcialmente el decreto Nº 354 del 20 de noviembre de 2019 "Por el cual se expide el calendario tributario del Municipio de Sabaneta para la vigencia fiscal 2020 " |
| Acuerdo Municipal N° 32 de 27 de Diciembre de 2018 | Por el cual se modifican y derogan algunos artículos del acuerdo Municipal N° 4 del 4 de noviembre de 2014 que adopto el estatuto tributario Municipal |
| Decreto N° 494 de 2020 Descuentos Tributarios | Por el cual se establecen los porcentajes del descuento, fechas y otras condiciones para aplicar el incentivo tributario por pago anticipado del impuesto de industria y comercio y predial unificado para la vigencia fiscal 2021. |
| Decreto N° 493 de 2020 Calendario Tributario | Por el cual se expide calendario tributario del Municipio de Sabaneta para la vigencia fiscal 2021 |
| RESOLUCION 0608 2019 INF EXÓGENA | Por la cual se establecen las condiciones, requisitos y obligados a suministrar información exógena del primer semestre de 2019 |
| Decreto N° 145 de 2018 | Por el cual se modifica parcialmente el decreto Municipal N° 004 del 4 de enero de 2018 que fijó los plazos relacionados con las fechas de pago del impuesto predial unificado y sobretasas, industria y comercio y declaraciones tributarias en el Municipio de Sabaneta |
| Decreto N° 003 de 2018 | Por el cual se establecen los porcentajes de descuento, fechas y otras condiciones para aplicar el incentivo tributario por pago anticipado del impuesto de industria y comercio y predial unificado para la vigencia fiscal 2018 |
| Decreto N° 004 de 2018 | Por el cual se fijan plazos relacionados con las fechas de pago del impuesto predial unificado y sobretasas, industria y comercio y declaraciones tributarias en el Municipio de Sabaneta |
| Acuerdo N° 04 de 2014 | Estatuto Tributario Municipal |
| Decreto Municipal N° 024 de 2015 | Por el cual se establece el R.I.T., las tarifa de retenciones y los formularios tributarios |
| Decreto Municipal N° 043 de 2015 | Por el cual se reglamenta el Comité de Doctrina Tributaria Municipal |
| Decreto Municipal N° 073 de 2015 | Por el cual se establecen las competencias de la Administración Tributaria |
| Decreto Municipal N° 339 de 2016 | Por el cual se establece el Precio Público |
| Decreto Municipal N° 135 de 2016 | Por el cual se reglamenta el espacio público con mesas fuera de establecimientos abiertos al público |
| Resolución SH N° 001 de 2017 | Por el cual se autoriza la implementación de la Firma Mecánica y/o digital de los funcionarios titulares de la Secretaría de Hacienda Municipal, el área administrativa de impuestos y la oficina de ejecuciones fiscales y cobranzas |
https://sites.placetopay.com/sabaneta_predial/login

